domingo, 8 de diciembre de 2019

¿Cómo podría afectar la Ley Kingpin a César “el Abusador”?

A poco tiempo de destaparse la red de narcotráfico que dirigía César Emilio Peralta “el Abusador”, conjunto a otros nombres, el Departamento del Tesoro de Los Estados Unidos designó a varios de ellos como traficantes de narcóticos extranjeros importantes de conformidad con la Ley Kingpin.
Dicha Ley ampara y da poder a la ‘Lista Clinton’, creada previamente a la aprobación de la legislación, como una lista negra de empresas y personas vinculadas a dinero proveniente de narcotráfico.
La presencia de el Abusador (quien recientemente fue capturado en Colombia) en dicha lista, provocó en primera instancia, el congelamiento de cualquier tipo de bien o cuenta en los Estados Unidos y podría ocasionarle sanciones económicas.
La inclusión de César Peralta en la lista regida por la Ley Kingpin, es un factor a parte del pedido de búsqueda y captura del departamento de Justicia de los Estados Unidos.
De acuerdo de consultas realizadas por periodistas de Listín Diario, la inclusión o posibles sanciones económicas a el Abusador, no afectaría su proceso judicial, ni se caería por su sentencia.
“La Ley Kingpin lo que busca es únicamente imponer sanciones para que los que estén dentro de la lista no puedan tener ningún tipo de transacción o negocio en Estados Unidos, o con personas de este país en el extranjero”, explicó Julio Cury.
Acorde a la comunicación del departamento del Tesoro de los Estados Unidos cuando se incluyó a el Abusador, informó que “las sanciones por violaciones de la Ley Kingpin varían desde sanciones civiles de hasta US$1,466,485 por violación hasta sanciones penales más severas”.
Lo que se interpreta a que el narcotraficante dominicano podría enfrentar el pago de una multa superior al millón de dólares o tener sanciones del tipo penal. No obstante, al tener un pedido de captura por parte de la justicia, se desconoce cómo será el proceder de las autoridades estadounidenses con las imposiciones del tipo económicas.
Se destaca, que dentro en el portal digital del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos “estar en la lista no conlleva un procedimiento penal, pero tampoco lo excluye”.
Además, el comunicado explica que en caso de haber otros actores involucrados con dinero proveniente del narcotráfico “las sanciones penales para los funcionarios corporativos pueden incluir hasta 30 años de prisión y multas de hasta US$5 millones.”
Inclusive, penaliza a corporaciones con multas de hasta 10 millones de dólares.
Acorde a la Ley, las personas extranjeras que son incluidas en la lista de sanciones del Departamento del Tesoro, ocurre después de consultar con el fiscal general, los directores de la CIA y del FBI, el titular de la DEA, así como con los secretarios de Defensa, Seguridad Interior y de Estado.
Sanciones Destacadas
Según diversos medios colombianos, el primer blanco que tuvo la lista fueron los cárteles de la droga en este país sudamericano, donde nombro a los cuatro jefes del Cartel de Cali,Gilberto Rodríguez Orejuela, Miguel Rodríguez Orejuela, José Santacruz Londoño y Helmer Herrera Buitrago.
Indican, además, que de Colombia se calculan que más de mil personas y 600 empresas que han aparecido en la lista desde 1995 y que en 2003 el presidente Bush utilizó la Ley Kingpin para nombrar a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia y las Autodefensas de Colombia como grupo armados que se dedicaban al narcotráfico.
En un hecho más reciente, para en el año 2017, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos informó la aprobación de sanciones contra Nicolás Maduro, presidente de Venezuela, por sospechas de “narcotráfico, tráfico de armas y blanqueo de capitales”, así como de otros funcionarios de ese país.
Sobre la  Ley Kingping
La Ley fue patrocinada en por dos senadores en 1999 y se define como la legislación que dio poderes a la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés) para atacar a las redes financieras de narcotraficantes en cualquier parte del mundo.
Se basa exclusivamente en la Lista Clinton, la cual según el Departamento del Tesoro de los Estados unidos es una lista emitida por la OFAC por primera vez en 1995, que fue creada por el gobierno estadounidense, en la cual se colocan empresas y personas vinculadas en caso de tener relaciones con dinero proveniente del narcotráfico en el mundo.
El objetivo de esta legislación es “establecer la imposición de sanciones económicas en todo el mundo contra los principales narcotraficantes internacionales, sus organizaciones y las personas y entidades extranjeras que prestan apoyo a esos traficantes y a sus organizaciones”.

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